sábado, 29 de marzo de 2014

¿LA CUALIFICACIÓN ES MOTIVO PARA PRESCRIBIR? ¡VAMOS A VERLO!

No. La cualificación no es el motivo para prescribir. No; tiene que ser otro. Vamos a verlo.

Según el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, resulta que Matrona está en el Nivel 5º de las Cualificaciones Profesionales. Sin embargo, Podólogos está en el Nivel 4º. Además, hemos de añadir que la Podología no tiene Directiva Sectorial, como tampoco existe referencias a la misma, salvo en Australia, aunque exista en otros Estados.
 
A estos efectos (de las Cualificaciones Profesionales) las profesiones y las actividades que entran dentro del ámbito de aplicación del sistema de reconocimiento de cualificaciones según la definición anterior son las que se relacionan en el anexo VIII sin que de dicha inclusión puedan derivarse otros efectos fuera de ese ámbito. Es decir, estamos hablando de Cualificación.
 
Y esas Cualificaciones están recogidas en el artículo 19 de esta misma Norma, que reproducimos.
 
Artículo 19. Niveles de cualificación profesional

A los efectos de la aplicación de las condiciones para el reconocimiento señaladas en el artículo 21, las cualificaciones profesionales se agrupan en los niveles de formación que se indican, acreditados por los certificados y títulos siguientes:
 
4. Título expedido por una autoridad competente de un Estado miembro que acredite la superación de un ciclo de estudios postsecundarios de una duración mínima de tres años y no superior a cuatro, o una duración equivalente a tiempo parcial, en una Universidad, en un Centro de Enseñanza Superior o en otro Centro del mismo nivel de formación, así como la formación profesional exigida, en su caso, además de dicho ciclo de estudios postsecundarios.
 
5. Título expedido por la autoridad competente de un Estado miembro que acredite que el titular ha superado un ciclo de estudios postsecundarios de una duración mínima de cuatro años, o de una duración equivalente si se trata de estudios seguidos a tiempo parcial, en una Universidad, en un Centro de Enseñanza Superior o en otra Institución de nivel equivalente y, en su caso, que ha superado la formación profesional que sea exigible además de dicho ciclo de estudios postsecundarios.

VAMOS A PONER OTRO EJEMPLO; AHORA A EFECTOS ACADÉMICOS.
 
Aquí, en España, ¿pueden los Podólogos acceder al Doctorado?
 
La respuesta es bien sencilla: no. La Podología no puede acceder directamente al doctorado; pero sí lo pueden hacer las Matronas.
 
Recordemos la Norma que así lo dispone:
 
Artículo 6. Requisitos de acceso al doctorado
 
1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
 
c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
 
Luego, ¿porqué los PODÓLOGOS pueden estar incluidos en el primer párrafo del artículo 77.1, de la Ley del medicamento y no lo está, por ejemplo, MATRONA? Es decir: los PODÓLOGOS pueden prescribir en esos documentos que se llaman "receta médica y Orden hospitalaria de dispensación", cuando su Nivel, en todos los casos, es el mismo que el del Enfermero generalista. Veamos el Anexo VIII al que se refiere el artículo 4º de este R. Decreto 1837/2008.
 
ANEXO VIII
Relación de profesiones y actividades a efectos de la aplicación del sistema de reconocimiento de cualificaciones regulado en este real decreto.
    
        
 
CÓMO VAMOS A EXPLICAR AL COLECTIVO ENFERMERO GENERALISTA Y ESPECIALISTA QUE ESTAS COSAS PUEDEN ESTAR PASANDO Y NO HAGAMOS NADA.