miércoles, 28 de marzo de 2012

¿QUÉ ESTÁ PASANDO EN NUESTRAS UNIVERSIDADES?

Las Universidades tienen que "hacérselo mirar", porque están dando ejemplos -DE HECHOS- que quitan a cualquiera las ganas de matricularse, si es que quiere formarse como alumno universitario.

¿QUIÉN MARCA LAS DIRECTRICES DE ESAS ESTRUCTURAS?

Han admitido lo de Bolonia sin pestañear. Pero ¡oigan!, ¿cómo es posible que ustedes, los académicos, sean tan obedientes? A nosotros nos parece que antes de "académicos" son "pardillos", pero ¡muy listillos!, tan listillos que se hacen de todos los títulos habidos y por haber, que no tienen inconveniente de clase alguno para alardear, como si se debiera a esfuerzos académicos.

¿RECUERDAN QUIÉNES FUERON LOS PRIMEROS TITULADOS DUE?

Hemos visto que los "académicos" obtienen títulos incluso para los que todavía no existía norma ¿Recuerdan los ATS cuando tenían que hacer el "curso de nivelación" para obtener la titulación universitaria oficial de Diplomado en Enfermería? Todos sabemos que los primeros en obtener esa titulación fueron los ATS que tenían "ocupadas" las escuelas, ¿recuerdan? ¡De la noche a la mañana se conviertieron en académicos, ellas/ellos y sus "amigas/amigos"!
No. Esta no es la forma de expedir título. Es don Máximo y la vicepresidenta primera, haciendo entrega al Papa de "títulos" honoríficos, que nada tiene que ver con los que pretende ahora.
¿TÍTULOS O CONOCIMIENTOS?

TÍTULOS.- Tenemos a una persona, la que representa a la PROFESIÓN Enfermero a nivel del Estado, cuyo currículum es uno -si no el único- que está en posesión de tantos títulos que, incluso, dice ser "doctor" dos veces ¡Dos veces; dos títulos de Doctor!, ¡no está mal! Y todo ello, ¿a partir de un título de ATS con diploma de podología. De ahí a la Diplomatura; de la Diplomatura a la Antropología, y de la Antropología al estrellato, ¡qué digo!, a dos títulos de doctor.

Y todo ello compatibilizándolo con ese "super" cargo, el de Presidente del Consejo General de una Profesión a la que quiere "meterle" tantos goles que no caben en la portería.
En esta instantánea estarían hablando de la Escuela de doctores, con el ex Ministro Soria, del Psoe, o de la Podología, para incluirlos como prescriptores.


Doctor/es, ya que dice que está en posesión de dos título con esa nivel. Nosotros tenemos que volver a "convalidar", es lo que dice, nuestra actual titulación, a través de unos cursillitos, que nos ofrece a cambio del módico precio de 3.000 eurillos. Recuerdo que matricularme en todos los cursos para la Licenciatura en derecho me "costó" una cantidad muy parecida.
Pero esos "académicos", tan listos, ¿cómo permiten que los Centros académicos, escuelas y facultades, que son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de Grado, puedan ser "multidisciplinares"? Están demostrando ser tan listos que son capaces de gestionar 2, 3 o cuatro Grados a la vez. Pero olvidan algo: se trata de estructuras sujetas a derecho administrativo, lo que implica, forzosamente, cargos unipersonales y colegiados, que no existen. Existen, ¡eso sí!, personas a las que designan para que les resuelvan los problemillas, y les ponen "nombre".

Todos son conscientes de lo que "saben"; y saben que sus conocimientos están limitados. Nos referimos a los que "mandan", o mangonean, porque no todos son iguales. Y son esos listillos los que, en lugar de "pensar", actúan, y lo hacen en la forma que vemos.


CONOCIMIENTOS.- Profesionalmente tenemos que hablar de conocimientos, al menos desde una organización colegial que es única y exclusivamente PROFESIONAL. Y los conocimientos se adquieren -partiendo de unos principios básicos- con la experiencia ¿Qué es un programa de Especialización? Todos los sabemos: rotar por unidades asistenciales y profundizar en la concreta disciplina objeto de especialización. Especialización es conocimiento. Y esos conocimientos se adquieren por esa vía tan estupenda, como lo es a través del sistema EIR, competencia del Ministerio de Educación, que vienen podrían cambiar el nombre por el de enseñanzas. No se puede confundir título "académico", que se obtiene en la Universidad, con título "profesional", que lo otorga el Gobierno, a través del ministerio competente. 

Título Oficial de Médico Especialista. Lo expide el Ministerio

ORIGEN DE LOS TÍTULOS.

Todo parece muy difícil, pero viene a ser algo así como "contar", incluyendo también al burro en el que estamos montado, porque si no lo hacemos resultará que uno más uno son dos, y en el que estamos montado tres.

TÍTULO.- Los títulos, con el nombre que en cada caso tengan por conveniente: Diplomado, Licenciado o Doctor; o Grado, Máster y Doctor, tienen un origen, el Plan de estudio. Y el Plan de estudio puede ser "motu proprio", porque se pretanda exigir para una "profesión" o actividad que quiera regularse, o porque tiene su origen en normas de derecho Europeo.

ENFERMERÍA.- El concreto título en Enfermería tiene un origen, el previsto en una Ley, la General de Educación, del año 1.970, en un Real Decreto, de 23 de julio de 1.977, que integra a los estudios de ATS en la Universidad, como Escuela Universitaria -que es un Centro académico-, y en una Orden Ministerial, de 31 de octubre de 1.977. Esta legislación es "propia" del Estado Español.

Estamos hablando de una fecha muy anterior a la entrada del Reino de España en la Comunidad Económica Europea, que se produce en el año 1.985, con efectos de 1 de enero de 1.986, con un periodo de adaptación de la legislación española a la Europea.

DIRECTIVA EUROPEA.- No obstante esas fechas, si comprobamos lo que se dispuso en aquella Orden de 31/X/1977 y lo que se dice en la Directiva 77/453/CEE, de 27/VI/1.977, nos daremos cuenta que es indéntico, en estructura y contenido. Ello significa que, con el boletín oficial del Estado en la mano, existen titulados que acreditan 4.600 horas de formación, tanto en enseñanzas teóricas como clínicas. Y si continuamos en el tiempo, transformadas esas horas en créditos, aquellos títulos acreditan 460 créditos. De hecho, esa misma norma del año 1.987 tuvo que limitar el número de horas máximas de formación por semanas, a un máximo de 30.

Esta Directiva fue trasladada a nuestro País por una Norma, el Real Decreto 305/1990; pero, además, esa misma estructura y contenido nuevamente ha sido reproducida en otro Real Decreto, de 8 de noviembre de 2.008.

SIN EMBARGO, el Gobierno, ¡listo donde los haya!, se adelantó, y en el mes de Julio de 2.008 no tuvo otra ocurrencia que publicar una Orden ministerial en la que se escribía una estructura y unos contenidos que nada tienen que ver con el contenido de aquella Directiva ni con el Real Decreto 305/1990, que estaban en vigor. Y, recuerden, esos contenidos y estructuras son los mismos que los reproducidos en este otro Real Decreto de 8 de noviembre de 2.008.

¿QUÉ DEBE HACER ESTE "NUEVO" GOBIERNO?

Sencillísimo: retomar el asunto y volver a modificar la estructura y el contenido de los Planes de estudio previstos en el "nuevo" Real Decreto de noviembre de 2.008. Por algo elemental: la Orden Ministerial no puede contravenir lo que se ha dispuesto en un Real Decreto. Una Orden es de un Ministro; un Real Decreto es una norma del Consejo de Ministros.

¿Y esto que quiere decir?, sencillo: que la Orden no puede ser contraria al contenido del Real Decreto. Y no puede serlo porque la competencia para trasladar el contenido de los Planes de estudio para obtener la titulación en Enfermería es competencia del Gobierno, no del Ministro de turno.

Se está violando la Norma, tanto la Europea como la Española. Pero de esto no se dice nada. Antes al contrario: los listillos de las Universidades nos quieren sacar los dineros con eso que acaban de inventarse: curso de adaptación. Adaptación ¿a qué?

Consecuencia: sencillo: que nos tienen que regular el Plan de estudio para la obtención del título en Enfermería, con el nombre que quieran, como el de Grado, pero que acrediten la formación que viene tanto en aquella Directiva del año 1.977 como en el Real Decreto del año 1.990, como en la actual, del año 2005 (Directiva 2005/36/CE), reproducida en ese Real Decreto de noviembre del año 2.008. La Orden, ¡recuerden!, es de julio de 2.008.

¡Miren!, un ejemplo: en la Universidad de Extremadura se "certifica" por el Rector que la titulación de Diplomado en Enfermería se obtiene en la Facultad de Medicina (sic); incluso nos ha llamado aún más la atención: también lo certifica el "administrador" de esa Facultad. Entonces, ¿dónde está el Centro académico, Escuela Universitaria de Enfermería, que creó específica y concretamente, aquel Real Decreto de Julio del año 1.977?

ESTO ES LA UNIVERSIDAD, CON UNOS "MANDAMASES" QUE NO SABEN POR DONDE ANDAN, O SON MUY OBEDIENTES, PERO PARA LO MALO.


¡Fíjense qué barbaridad!, una Univesidad expidiendo un título de Psicólogo "Especialista" en Psicología clínica ¿Entienden ustedes algo?
¿QUÉ ESTÁ PASANDO EN NUESTRAS UNIVERSIDADES?

¿Ustedes entienden que una Universidad puede expedir un título de Máster, aunque aclaren que PROPIO, cuando ese tiene regulación?

¿Qué dice la norma?: Dichos títulos serán expedidos, en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hubiesen concluido los estudios que den derecho a su obtención, de acuerdo con los requisitos que respecto a su formato, texto y procedimiento de expedición se establecen en la presente Orden.