jueves, 19 de enero de 2012

SUSTITUCIÓN EN AMBULANCIAS MEDICALIZADAS

ESTA ES LA NOTICIA DE FORMA RESUMIDA:

INTRODUCCIÓN.- A nadie que haga "transporte sanitario" entre hospitales se le escapa que como Médico el paciente es "asistido" por un MIR y una Enfermera. Los dos, ¡desde luego!, no son lo que se puede decir "experto" en supuestos de emergencia, salvo muy contadas excepciones, y que lo con por pura casualidad.

LA NOTICIA: La Conselleria de Sanidad está valorando la posibilidad de eliminar la figura del médico a bordo de las ambulancias del Servicio de Atención Médica Urgente (SAMU). La idea es que en un futuro próximo se sustituyan los galenos por enfermeras, y que, más tarde, éstas sean reemplazadas por técnicos o paramédicos.



BUSCANDO COMENTARIOS AL RESPECTO, HE LEÍDO UN "ESTUDIO" DEL MINISTERIO, EN ESTA OCASIÓN REFERIDO A LA ATENCIÓN PRIMARIA (JULIO DE 2.004).-

Decía así: Antecedentes.-



La demanda de servicios de ATENCIÓN PRIMARIA ha aumentado en los países desarrollados debido al envejecimiento de la población, a las crecientes expectativas de los pacientes y a las reformas que TRANSFIEREN LA ATENCIÓN DE LOS HOSPITALES A LA COMUNIDAD. Al mismo tiempo, la disponibilidad de médicos es limitada y las presiones para moderar los costos son cada vez mayores. TRANSFERIR LA ATENCIÓN DE LOS MÉDICOS A LAS ENFERMERAS podría ser una solución a estos desafíos. Se espera que la sustitución de médicos por enfermeras reduzca el costo y la carga de trabajo de los médicos sin afectar la calidad de la atención.


SON MUCHOS LOS COMENTARIOS QUE PUEDEN HACERSE:

El primero es una AUTOCRÍTICA: la Profesión de Enfermero se viene "acomodando" a la "dependencia". Prefieren estar "limpiando una cuña con desechos que prestar asistencia sanitaria (Sentencia Audiencia Nacional de Barcelona). Esto parece indicar que como a nadie se le ocurría presentarte una denuncia por intrusismo, ¡pues hago ésto!. Además, no hay que pensar, que es muy sacrificado.

LA PROFESIÓN DE ENFERMERO SE HA ACOMODADO.- Desde un tiempo a esta parte "todo lo tiene que ordenar un médico" ¿Por qué? SENCILLO: porque nos han metido "miedo en el cuerpo". Le tememos muchísimo a una denuncia que se presente contra nosotros; o, al menos, a que nos abran un expediente. Y se lo tenemos por algo que "el sistema" ha hecho desde siempre: los gestores médicos han arremetido contra todo Enfermero que se "extralimitaba" de las órdenes recibidas por un médico. Hemos visto expedientes disciplinarios donde han actuado como testigos contra Enfermeras médicos que no estaban ¡ni de servicios! EL OBJETIVO: dar un escarmiento a la Profesión.

TAMBIÉN hemos visto a un Otorrino "acusar" a una Médica porque ésta le edijo a un Enfermero que "quitara un tapón del oído a una señora" ¿Con qué objeto? Para que la próxima vez se lo piense el Enfermero.

Y así podríamos continuar. Y como digo al principio de este escrito, todo ello ha contribuido a que la Profesión Enfermero se "acamode" a las circunstancias. Además, hay que tener en cuenta que CUALQUIER PUESTO ASISTENCIAL está dotado, antes que ningún otro, por personal MÉDICO.

AÑO 1.979.- Las personas con ciertos años en la Profesión recordarán que en este año, el recíen creado Instituto Nacional de la Salud (Insalud), intentaba organizar lo que luego llamaron "consultas" de Enfermeria con el objeto de tratar ciertas dolencias crónicas por los Enfermeros. OBVIAMENTE, la OMC se opuso a ese proyecto, que se materializó en una Circular del Ente Gestor. Lo tuvo sencillo: alegó incompetencia de la Entidad para regular el ejercicio de la Profesión, ya que se precisa rango de Ley.

Año 1.977.- Hacemos mención a este año porque justamente fue cuando se crea la Profesión de Enfermero ¡Bueno!, nos dirán que no fue exactamente así, que no podré demostrar que ello fuera así. Y no tienen razón. Claro que ahora vemos en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias que cita a la Profesión de Enfermero como tal, pero ello no obedece a otra cosa que a una consecuencia de lo anterior; es decir, de que a partir del año 1.980 en que aparece la primera promoción de Diplomados ese será la titulación para el ejercicio de la Profesión.

Por tanto, aquella "actividad" profesional regulada, que obedecía exclusivamente órdenes médicas y que actúaba bajo su dirección o supervisión, pasó a ser considerada como Profesión Sanitaria, que exige un título académico como tal. Se pasó de "auxiliar" del Médico a Profesión Sanitaria; y esto es lo que ha recogido la citada Ley de Ordenación del año 2.003.

1.995.- Transcurrido el tiempo, en este año se intentó implantar "formalmente" las Consultas de Enfermería en Andalucía, donde nuevamente la OMC impugnó la Norma, consiguiendo del Tribunal que declarase que las citadas consultas estarían bien siempre que el Enfermero actuará por prescripción médica; eso que llaman ahora "protocolos y guías".

VOLVAMOS A LA NOTICIA.-

La Conselleria de Sanidad está valorando la posibilidad de eliminar la figura del médico a bordo de las ambulancias del Servicio de Atención Médica Urgente (SAMU). La idea es que en un futuro próximo SE SUSTITUYAN LOS GALENOS POR ENFERMERAS, y que, más tarde, éstas sean reemplazadas por técnicos o paramédicos.

Desde luego que "tal cual" la noticia no es como para alegrarse, profesionalmente hablando, porque también se dice que todo ello será con carácter transitorio, que no sabemos el grado de certeza. CONTINÚA LA NOTICIA DICIENDO: "Desde la Conselleria de Sanidad, que ha visto reducido su presupuesto de este año en casi un cuatro por ciento, se recuerda que la aplicación de todas las medidas tiene carácter temporal".


Y es que los Enfermeros estamos hasta el gorro de tanta tontería junta, porque nuestra historia Profesional nos dice que hacíamos de "radiólogos o de anestesistas" y ¡miren cómo nos vemos! O lo que ahora llaman "triaje", que antes lo hacían los Practicantes de los Servicios de Urgencias hospitalarias ¡Y qué decir respecto a la tomadura de pelo de la prescripción.
ALEGAN, por otra parte, que es el momento de optimizar los recursos, alertan. LITERAL: «El sistema sanitario ha caído y hay que ayudar a levantarlo. Entre todos. En un ejercicio de corresponsabilidad por parte de la Administración, los proveedores, los profesionales y la sociedad». Desde la Conselleria de Sanidad, que ha visto reducido su presupuesto de este año en casi un cuatro por ciento, se recuerda que la aplicación de todas las medidas tiene carácter temporal.


CUENTAN QUE EN ESPAÑA la figura del paramédico no está recogida como tal. Se considera que es el profesional que atiende emergencias prehospitalarias junto al médico.


¿PARAMEDICO? Con ese nombre, desde luego que no. Pero, ¡recuerden!, el nombre del predecesor del ATS se llamó "Practicante EN MEDICINA Y CIRUGÍA", y sin mucho más atrás, recuerden que existieron los "cirujanos de bata larga y los de batacorta".


Para facilitar la comprensión del asunto y evitar tener que buscar, vamos a enumerar las Profesiones Sanitarias que contiene la Ley de Ordenación de las profesiones, que las "clasifica" en función del nivel del título exigido, lo que hace presuponer más o menos "complejidad" de lo que puede ser objeto de atribución. Así, se presume que para las clasificadas bajo el título de Licenciado tendrá más atribuciones que aquellas otras bajo el título de Diplomado.


PROFESIONES QUE EXIGEN TÍTULO DE LICENCIADO:
A) Médico, Farmacéutico, Dentista y Veterinario.
B) Enfermero, Fisioterapéuta, Podologo, Ópticos-optometristas, Logopeda y Dietista-nutricionista.


SIN EMBARGO, la citada Ley "deja la puerta abierta" a otras Profesiones. Dice el artículo 2.3 de la Ley que "Cuando así resulte necesario, por las características de la actividad, para mejorar la eficacia de los servicios sanitarios o para adecuar la estructura preventiva o asistencial al progreso científico y tecnológico, se podrá declarar formalmente el carácter de profesión sanitaria, titulada y regulada, de una determinada actividad no prevista en el apartado anterior, mediante norma con rango de ley". Desde luego que es posible, lo dijera o no esta Norma. Basta con crearla y establecer el correspondiente Plan de estudio y la expedición de la titulación correspondiente. Una excepción sería que esa Ley considerara a determinados Técnicos de Formación Profesional como "profesión", a estos efectos.


SERÍA TODA UNA BARBARIDAD, PERO NO NOS EXTRAÑARÍA ¡POR FASTIDIAR A NUESTRA PROFESIÓN, CUALQUIER COSA LE SIRVE AL SISTEMA; Y NO SE ESCONDEN: ¡YA LO LEEN!: DE FORMA TRANSITORIA.


Tengamos en cuenta que ya lo han hecho con algunos Técnicos, en el año 1.985, "expulsándonos" como Profesión de una actividad sanitaria muy, pero que muy, rentable socionalmente, como lo es la Higiene de la boca, que es el problema más grave que tiene la población con imnumerables consecuencias negativas.


YA HEMOS ESCRITO LO SUFICIENTE AL RESPECTO, Y PARECE QUE NO HEMOS SIDO "INVENTOREMOS DE NADA": TODO ESTABA ESCRITO Y ESTE ES EL MOMENTO "IDEAL" PARA REORGANIZAR LA ASISTENCIA SANITARIA.


Pero lo que sí tenemos que tener claro es que como Profesión el Estado no puede retribuirnos con más de 2.000 euros mensuales "para lo que nos dejen hacer los médicos".


Venimos exigiendo la ESPECIALIZACIÓN por algo elemental: no es posible prestar una asitencia con un mínimo de garantía, y consecuentemente de calidad, cuando "el mismísimo sistema" permite que una persona recién titulada, "al día siguiente", se la adscriba a cualquier unidad asistencial.


SIN EMBARGO, NO PERMITEN ÉSTO CON LA PROFESIÓN DE MÉDICO, QUE EL ESTADO INVIERTE INGENTE CANTIDAD DE DINERO PARA SU FORMACIÓN ESPECIALIZADA, QUE ES CUANDO COMIENZAN "A ENTERARSE" DE QUÉ VA EL ASUNTO.


TARDE; PERO MÁS VALE AHORA QUE NUNCA.