sábado, 3 de diciembre de 2011

DE COSECHA AJENA, ¡NI UNA!

Si quieren ver cómo se mete la pata una vez tras otra ... entren aquí y van a comprobarlo: la conferencia de la Sra. Fdez del CGE...http://salud.asepeyo.es/index.php?option=com_content&view=article&id=611:iv-edicion-de-la-jornada-nacional-de-enfermeria&catid=108:video&Itemid=200664

POR LO QUE HEMOS VISTO Y OÍDO: ¡POR SUPUESTO QUE NO ESTAMOS DE ACUERDO! Y NO LO PODEMOS ESTAR PORQUE LO EXPUESTO NADA TIENE QUE VER CON LA REALIDAD LEGAL DE NUESTRA SITUACIÓN.

ESTA SEÑORA MEZCLA PROFESIÓN CON TÍTULO Y TÍTULO CON PROFESIÓN. SEPARA AL GRADO DEL DIPLOMADO Y AL ÉSTE CON AQUÉL ¡Y SE QUEDA TAN ANCHA!

ACLAREMOS:


LA PROFESIÓN ES DE ENFERMERO, se reguló así legalmente en el año 2003. Luego, en ese año no estaba establecido -ni todavía lo está- la titulación de Grado en Enfermería: los alumnos están todavía en la Universidad. Esa Ley habla de los Diplomados en Enfermería. Por tanto, la Ley no podía hablar de Grado en Enfermería.

LAS ESPECIALIDADES SON PARA LOS ACTUALES ENFERMEROS. Y a estos Enfermeros se les exigió la titulación de Diplomados.

Los nuevos titulados en Grado no es otra situación que la misma cosa, porque tanto los D.E. como los "nuevos" titulados tienen como Plan de estudio el mismo contenido. Ahora se hace en tres años, igual que antes, sólo que las enseñanzas prácticas -porque al final es lo mismo- están previstas en el cuarto curso, junto con un Trabajo fin de carrera.

Y, aún así, si hubiera modificaciones en el contenido de los Planes de estudio, ello no sería otra cosa que una "innovación" en función de los avances en conocimientos; describir las experiencias profesionales de los Enfermeros, que llevamos a la práctica y que debemos exigir su inclusión en los P.E.

Y EN CUANTO A LA PRESCRIPCIÓN, OTRO TANTO DE LO MISMO.

La Ley habla de Enfermeros, de los actuales Enfermeros, a los que se les ha exigido la titulación de D.E.

Existen, por las circunstancias, dos tipos de administrar medicamentos: una, las que podemos hacer -que no obligación, como se dice en el vídeo- los actuales Enfermeros: aquellos que no estén incluidos en la lista que haga el Gobierno como medicamentos sujetos a prescripción médica; y dos, aquellos otros que podamos prescribir, aunque estén sujetos a prescripción médica, si bien es cierto que lo serán si están recogidos en eso que llaman "protocolos y guías de práctica clínica y asistencial.

No existe ninguna obligación de realizar NI EL GRADO NI LOS CURSOS QUE DICEN. La Ley ha sido la que habla de "acreditación", pero eso es un problema que ha creado quien ha redactado esa Ley.

POR LÓGICA, SIN HABLAR DE LEYES: ¿ENTIENDEN USTEDES QUE ESTEMOS UTILIZANDO MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS, INCLUSO SIN AQUELLA LEY, PARA DECIRNOS AHORA QUE TENEMOS QUE SER ACREDITADOS? Y lo peor aún, nos hablan de unos cursos. Es como para ponerse a orinar y no echar gota.

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