miércoles, 9 de noviembre de 2011

¿QUÉ HAY DE LO MÍO?

TODOS decimos representar a la Profesión, pero la realidad es bien distinta. Predicamos, sí, pero al final se ve: ¿qué hay de lo mío? Vemos como cada cual va a lo suyo: Colegios que no tenemos presencia cuando se habla de actividades profesionales ni tienen opinión, sindicalistas que aprovechan su status para reservarse puestos de trabajo, enchufados por las distintas administraciones sanitarias que se vuelven del revés, Asociaciones que van a su bola, partidos políticos que nos utilizan, Escuelas universitarias desaparecidas, academias que hacen su agosto, etc. etc. etc. Sólo se salvan las Jornadas que realizan la mayoría de las asociaciones de Enfermeros por especialidades. Son los únicos sitios donde podemos ver, realmente, que se habla de la verdadera, real y auténtica actividad profesional. Todos lo demás, como si no existieran.

¿QUÉ OPINIÓN TENEMOS SOBRE PRESCRIPCIÓN?
¿Sabe alguien de qué va el asunto? Seguro que sí, pero para sus adentros ¿Se han preguntado cuántos prescriptores hay en la calle? Millones. Se pueden contar por millones: que si tómtate ésto o aquello, no se te ocurra seguir con eso, a mi vecina le sentó muy mal, esto es buenísimo. Pero lo cierto es que sólo se les permite a los médicos, odontólogos -dentistas- y podólogos.

!A LOS ENFERMEROS TAMBIÉN¡´
Así lo dispone la Ley: los Enfermeros, DE FORMA AUTÓNOMA, podrán indicar, usar y AUTORIZAR la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación. Pero luego viene el "reglamento", que lo manipula todo.

Que indicamos y, consecuentemente, utilizamos medicamentos y productos sanitarios es un hecho incontestable, ¿o es que a estas alturas lo vamos a negar?, que modificamos y suprimos medicación tampoco es discutible, ¿o es que alguien va a renocer que no vigila la evolución de un tratamiento prescrito? ¿Quién no disminuye o aumenta dosis de catecolaminas, vasodilatadores, betabloqueantes, analgésicos, pautas de insulina, exceso de hidratación, ...? Estos son hechos reales que se viven en cualquier unidad asistencial, sobre todo en situaciones críticas ¡Pues se quiere negar! ¿Pero quién o quiénes?: EL REGLAMENTO.

LO ÚNICO DISCUTIBLE ES LA AUTORIZACIÓN PARA DISPENSAR.
Sí, ¡eso es lo que dice la Ley!, que los Enfermeros, de FORMA AUTÓNOMA, podemos indicar y usar, pero luego vienen los "reglamentistas", intentando ponerles "puertas al campo", y añaden lo de "autorizar". Este es el "gran caballo de batalla": autorizar.
¿Qué puertas? Es evidente: un cursillito de seis horas; ¡o dos! Ahora se les ocurre "pensar" que se prestan dos tipo de "cuidados": los generales y los especializados ¿Qué es un cuidado general y cuál el especializado? En todos los casos, son dos realidades, ¿o es que se lo acaban de inventar "los intelectuales" del negocio ¿Quién o quiénes participan del negocio?

La asignatura pendiente, desde alumno, es saber qué cursos son los que puntúan y cuáles no ¿Entienden ustedes que esto es normal? No se habla de cuáles son los mejores, salvo la preparación para las oposiciones, que se busca aquella "academia" que mejores resultados obtenga ¡Hasta se presume que esos resultados están en función de que conocen los contenidos de los exámenes!

AUTORIZAR LA DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS.
¿Entienden que haya que autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios para su dispensación en una Farmacia privada, en esa cosa que llaman "orden de dispensación", y no se precise ningún tipo de documento especial para que sean retirado de las farmacias de los hospitales y centros de salud? ¿De qué estamos hablando?

¿A qué Profesión se le ponen tantas trabas para algo que es consustancial al ejercicio de la misma? Y es que "no esconden" las vergüenzas. Tienen el atrevimiento de decir en un reglamento que tenemos que hacer un curso de seis horas para poder indicar ese tipo de medicamentos, los llamados "no sujetos a prescripción médica", cuando la Ley es clara y rotunda: los Enfermeros, de forma autónoma, ... El "sistema" incrustado en nuestro País no permite a las Enfermeras prescribir; pero como no tiene más remedio que reconocer lo que vienen haciendo, se les ocurre inventarse la "orden de dispensación". Y los podólogos, ¿por qué pueden "prescribir" y las Enfermeras no? ¿De qué fuentes se valen? No nos pueden alegar que por un decreto del año 1.962, porque eso no se sostiene: aquel Decreto estaba regulando una situación, la de unos auxiliares con un diploma acreditando un curso; pero no dejaban de ser "ayudantes". Luego, es imposible que se argumente el diferente trato que se le ha dado en la Ley a la Podología respecto de la Profesión Enfermera.

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