miércoles, 23 de noviembre de 2011

EL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS ENFERMEROS DAÑA LA IMAGEN DE LA PROFESIÓN.- Es evidente: tiene la fea costumbre de "denunciar" públicamente de otros cuestiones que bien podría auto-aplicar a su estructura, organización y funcionamiento. Lo ha hecho con el Colegio de Enfermeros de Murcia, realizando una intervención para la que carece de competencias. Y no la tiene porque eso corresponde a los legitimados, que no son otros que los "colegiados" de ese ámbito; es problema de esos Enfermeros, no del Consejo General. Parece que los miembros de los órganos de Gobierno del Colegio no han procedido conforme a la Ley: ¿desconocimiento? ¿miedo? Me inclino más por irresponsabilidad, de la que deben responder, por mucho que con su proceder hayan "abierto la puerta" al Consejo General, que justifica así la intervención de ese Colegio, cuando, insisto, esa es una competencia, y, por tanto, responsabilidad de los colegiados. El Consejo General nada tiene que hacer allí. Y no tiene nada que hacer allí, en Murcia, por la elemental razón de que no se ha visto afectado el único fin de la organización colegial, como lo es la ordenación de la Profesión, que le compete a nivel del Estado a la Asamblea General.

LO MISMO PRETENDÍA CON EL COLEGIO DE ENFERMEROS DE BADAJOZ.- Y ha distorsionado la imagen de los miembros del Pleno de este Colegio al publicar en el Periódico HOY de esta Capital una titular que decía: "irregularidades en las cuentas del Colegio de Enfermería de Badajoz". Es el titular lo que comentan determinados colegiados amigos, como también lo han hecho algunos "advenedizos", aprovechando que "el Pisuerga pasa por Valladolid". Pero, aún así, no ha conseguido su objetivo: echarnos del Colegio. Y esto que hace el Consejo General no tiene nombre.

Y NO TIENE NOMBRE POR ALGO ELEMENTAL: LA IRREGULARIDAD ESTÁ EN EL CONSEJO, NO EN EL COLEGIO.- El daño a la Profesión se lo hace, porque alguien, sensatamente, nos podría decir, cuando pretendiéramos alguna demanda, "arreglar" primero vuestra casa y luego venid a dar consejos. Y es que el Consejo General tiene la osadía de denunciar de otros lo que debería procurar arreglar en su estructura, cuyos miembros saben que no funciona el citado Consejo. Pero no funciona desde hace mucho tiempo.

LO QUE OCULTA REALMENTE EL CONSEJO GENERAL.- El Consejo General, con estas cosas, intenta oculta su verdadera INCAPACIDAD o incompetencia para defender a la Profesión a nivel del Estado, que es su única y exclusiva competencia, como su desarrollo Profesional, a través de las Especialidades. Tenemos aquella redacción de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que no es otra cosa que una mala copia de lo que dicen algunas Enfermeras de países foráneos, los cuales no tienen organizada la Profesión. Al Consejo General, de haberle dedicado un mínimo de tiempo a reflexionar sobre la definición de la Profesión, le hubiera bastado con "copiar" la definición que consta en el Estatuto de la Organización Colegial, que para eso se lo hicimos en su momento. Pero, quizá, se obvio por intereses inconfesables.

LAS ESPECIALIDADES SIGUEN AHÍ, SIN APLICACIÓN EN LOS SERVICIOS DE SALUD.- Es competencia del Ministerio de Sanidad reconocer las titulaciones oficiales de Enfermeros Especialistas, creando las correspondientes "categorías" de las mismas por cada una de esas Especialidades. Por ejemplo: Enfermero Especialista en la categoría de Asistencia Obtétrica-ginecológica. Y como esto no se hace, algunos Servicios de Salud, atrevidos donde los haya, crean "categorías" en lugar de "modalidad" de puestos de trabajo. Y esto sí que sería una de sus competencias, que no hace; ni piensa hacerlo, ya que no nos consta ni un sólo movimiento en este sentido. Es pura desidia, ¿o quizá debemos llamarle de otra manera?

OTRA PRUEBA DE INCOMPETENCIA O IGNORANCIA.- La última de sus "notas" la ha dado con la Ley de Garantías y Uso Racional de medicamentos y productos sanitarios. Recuerden la historia: desde el mes de julio del año 2006 hasta el mes de diciembre del año 2009. Y como en Tablón en Blanco nos ha recordado, podemos comprobar que lo dicho por el citado Consejo General en Marzo del año 2.006 no lo ha mantenido, ni en la Ley del año 2.006 ni mucho menos en la redacción de esta misma Ley en diciembre del año 2.009.

LO ÚNICO QUE SE MODIFICÓ FUE LA INCLUSIÓN DE LOS PODÓLOGOS COMO PRESCRIPTORES.- Es cierto, como hemos leído por aquí, que para la Enfermera se prevé la "dispensación", mientras que los Podólogos están incluidos como "prescriptores". Y encima tiene la osadía de aplaudir un proyecto de Real Decreto pretendiendo que hagamos un curso (o dos) para continuar haciendo lo que venimos haciendo: usar medicamentos y productos sanitarios y participar en la administración de medicamentos, de esos que la Ley dice que están "sujetos" a prescripción médica.

DE LOS MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS.- No entramos en la definición de "medicamento". Nos vamos a limitar a hablar de unas sustancias que toda Profesión Sanitaria (con mayúscula) tiene el derecho y, en su caso, el deber de recomendar a los usuarios y consumidores de sus clientes, que son los ciudadanos necesitados, alterados o desequilibrados. Ciudadanos que se ponen en nuestras manos para que le aconsejemos, que no prescribir, qué medicamento o producto debe utilizar para su necesidad, alteración o desequilibrio. Lejos de eso, y sólo por estar pensando en otros intereses espurios, se nos "lía" con redacciones que los Enfermeros no entendemos, ni tenemos porqué entender, puesto que somos Sanitarios, con mínimos conocimientos en Derecho: dos créditos, de es broma que llaman "créditos europeos", ya que los demás se lo dedican a la ética y gestión de los servicios de Enfermería, como si ésta fuera una materia propia del ejercicio de la Profesión. Y como siempre saldrá alguien "interesado", ya le aclaramos que eso sería objeto de un Máster, no de una materia troncal de un Plan de estudio.

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