martes, 30 de noviembre de 2010

Carta al Presidente del Consejo General Enfermería

Con sólo dos preguntas:
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Una, ¿por qué motivos no abandona usted el cargo de Presidente?. Tenga en cuenta que esto se lo está diciendo, nada más y nada menos, el Tribunal Supremo. No vaya a decirnos ahora que no puede dejar al Consejo General "indefenso", porque para ello basta con aplicar la misma "doctrina" que usted ha intentado aplicar en otras ocasiones, sólo que dictatorialmente. Basta, como le decimos, con que la Asamblea General de Presidentes, órgano máximo de la Organización Colegial, nombre a una "Junta de edad", formado por los Presidentes de Colegios más antiguos, para llevar a cabo la "normal" convocatoria electoral, así como llegar a cuantos otros Acuerdos tenga por conveniente.
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Y dos, ¿por qué motivos insta usted, exige, al Ministerio de Sanidad que los Enfermeros tenemos que hacer un curso para poder indicar y usar medicamentos no sujetos a prescripción médica (o podológica)?
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En cuanto a la primera pregunta, es público y notorio que todos conocemos el contenido de la Sentencia del Alto Tribunal, como todos también sabemos que esa Sentencia no es recurrible.
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El o los motivos que usted tiene deben ser otro. Forzosamente, no puede ser que usted no atienda el Fallo Judicial de la Sentencia por una mera "reinterpretación" de su contenido, porque eso es "desobediencia" al Tribunal Supremo, y le puede salir muy caro.
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Y es cierto, y usted lo sabe, que tiene pendiente mostrarnos y proveernos de los documentos que justifiquen miles de millones de las antiguas pesetas. Y esto es un mandato Judicial. ¡Y cómo se resiste!. Lo hace como "un gato panza arriba".
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Y en cuanto a la segunda pregunta, mucho más fácil, ¿por qué OBLIGA usted al Ministerio de Sanidad que nos exija un cursillito, o dos, para poder hacer lo que todo el mundo hace: indicar y usar medicamentos no sujetos a prescripción médica?. ¿Es que usted nunca ha ido a la Farmacia a comprar un medicamento o producto sanitario de esos y no le han puesto ninguna pega?. Entonces, ¿por qué motivos tenemos nosotras, las Enfermeras, que hacer SU/S CURSILLITO/S?. El Ministerio de Sanidad nos está dando muchos argumentos para "sospechar" de sus actuaciones.
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La conocida Ley del Medicamento es clara y rotunda al respecto. No tiene necesidad de ningún desarrollo reglamentario. El Enfermero, de forma autónoma, está facultado para indicar y usar medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica. ¿Qué otra interpretación cabe hacer de esa redacción?. Ninguna. Lo que sucede es que, entonces, se le jode a usted el asunto de los cursillitos. Ni el Ministerio de Sanidad ni el Gobierno son competentes para "reordenar" el ejercicio de la Profesión. ¿Cuál es el mandato legal que atribuye al Gobierno la potestad para exigirnos "su/s cursillito/s" a los efectos de ser "acreditados"? ¿Acreditados para qué?. La mejor acreditación que tenemos como Profesión Enfermero es que así lo manda la Ley. Luego, si el Gobierno quiere "meter", con una cuña, alguno de sus cursillitos, debe ser consciente de que se está excediendo.
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En su caso, la Ley del Medicamento sólo atribuye al Gobierno que regule la indicación y uso de aquellos medicamentos sujetos a prescripción médica; ¡eso sí!, siempre que esta facultad está prevista en eso que llaman Protocolos y Guías de Práctica Clínica y Asistencial. Es decir, éste y no otro es el requisito exigido en la Ley. Luego, ¿dónde se habla sobre "requisitos" y "acreditación". Esto son excesos reglamentarios impropios de un Gobierno, el cual nos está dando la sensación de conchabado con la persona que ocupa, ilegalmente, el cargo de Presidente.