viernes, 22 de octubre de 2010

¿A qué debe dedicarse el Consejo General?

La pregunta de ¿a qué debe dedicarse el Consejo General de Colegios Enfermeros? no es baladí. Si echamos un vistazo al Boletín electrónico del Consejo General, Diario Enfermero, lo primero que nos aparece es "enfermería habitat, y lo mismo sucede con la Revista "Enfermería facultativa": anuncios y más anuncios referidos a empresas participadas, directa o indirectamente, por el Consejo General, sunma hoteles, buenas vacaciones, etc. etc. etc.
.
Sin embargo, la realidad Profesional está dejada de la mano de Dios, hasta tal punto que cuando se hace referencia a la misma lo es con intenciones mercantilistas, como la realización de un curso para "homologar" la actual titulación de Diplomado por la de Grado, incluso mintiendo, engañando, falseando; ¡lo que haga falta!. Se dice y hace todo lo que fuera necesario para atraer a los colegiados, cuantos más mejor, de hecho existe una carrera meteórica por informarnos cuál es el Colegio que tiene mayor número de Enfermeras dispuestas a realizar ese cursillito. Obviamente, la "atracción" que provoca el cursillito es debida, sin lugar a dudas, por lo que se promete sobre sus efectos, académicos y profesionales, que son ABSOLUTAMENTE FALSOS.
.
Y son falsos porque no existe norma legal de clase alguna que soporte la información que se vierte desde el Consejo General de Colegios y prolongan algunos Colegios Provinciales, siguiendo el hilo conductor de la Presidencia del Consejo. Pero no se nos dice que los cursillitos serán impartidos por una Escuela, que es una entidad con autonomía propia, la cual recibirá la totalidad de los ingresos que los citados cursos aporten, ya que, además, se nos dice que son gratis cuando es falso. Se presupone que cada alumno que se matricule tiene un coste de 900 euros. Y es falso lo que se dice sobre los cursillitos, tanto de sus efectos como de su gratuidad. De hecho -si llegan a realizarse- serán con cargo a las cuotas colegiales. De ahí el interés de algunos Colegios por realizar los citados cursillitos, de los cuales participan. ¿No han leído por ahí que el Presidente del Colegio de turno es el "director" de aquella Escuela en la Provincia de turno?. ¿Y es gratis ese cargo?. Entendemos que no; que no es gratis.
.
El Consejo General de Colegios Enfermeros, o lo que es igual, la Organización Colegial de la Profesión, tiene que tener, forzosamente, unas preferencias, entre las que hay que citar, necesariamente, la información legal suficiente y comprensible sobre la nueva titulación de Grado, que no viene impuesta por ningún Tratado ni Reglamento aprobado por los Estados miembros de la Unión Europea; se trata, simplemente, de un "acuerdo", que se ha venido denominando Espacio Europeo de Enseñanza Superior. "Homologar" el nombre de la titulación correspondiente no signfica otra cosa que eso, cambiar el nombre a las titulaciones.
.
Ahora bien, ello ha supuesto "debilitar" a determinadas titulaciones, disminuyendo el número de créditos académicos, lo que significa disminución en los necesarios para su realización, con la consecuente disminución de Profesorado. Y, por otra parte, se ha aumentado o disminuido el número de créditos para las extintas Diplomaturas, Arquitectura técnicas e Ingenierías técnicas, ampliando el tiempo de estudios de tres a cuatro años.
.
Si bien esa es la línea general para establecer las enseñanzas universitarias oficiales con carácter general, la Norma reserva determinadas especificaciones especiales para títulos que exigen algunas Profesiones, como lo es la de Enfermera, que tiene sus propias Normas jurídicas, atendidas por la Administración del Estado, que no tiene otra alternativa que dictarlas en aplicación de aquella Normativa Europea.
.
En consecuencia, el Consejo General de Colegios Enfermeros tendría que tener como máxima preocupación el ordenar el ejercicio de la Profesión, la reelaboración del Código Deontológico y la de obligar a las empresas empleadoras, públicas o privada, que exijan el correspondiente título oficial de especialista para ejercer como tal. Como, también resulta muy necesario que el Presupuesto Colegial potenciara Jornadas, Congresos, Seminarios, etc. etc. etc., así como la publicación de textos exclusivos referidos al ejercicio de la Profesión. Y tan necesario como lo anterior sería eleborar edicciones que ayudaran a la superación de las Oposiciones a un puesto de trabajo.
.
Por otra parte, debería interesarse porque las "Bolsas de Trabajo" estuvieran elaboradas en función de esa "especialización", así como la de trabajar porque a la Profesión Enfermera se la considerara con el Nivel quinto de las Cualificaciones Profesionales, lo que supondría modificar los Planes de Estudios conducentes a la obtención de la titulación de Grado, estableciendo como tiempo de formación mínima la de cuatro años, ampliado a cinco con materias propias de las Universidades. Así, entre otras cosas, podría solicitarse la inclusión de la Profesión en el subgrupo A1 de los previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, en el que sólo pueden estar aquellos títulos cuya formación está estructurada en un mínimo de Cuatro años, sin límite.
.
Todo lo demás, en su caso, sería anecdótico, circunstancial. Pero, ¡claro!, las preferencias que hemos expuesto no tienen el suficiente atractivo económico. ¿Sabían que el Consejo General recibe de los Colegios Provinciales la totalidad de la cuota correspondiente "sin poner cal ni arena" en su recaudación. Todos los gastos corren por cuenta de la cuota colegial. ¿Sabían, también, que el Consejo General nunca se ha personado en juicio de clase alguna apoyando a un Colegio Provincial?. En definitiva, en lo que ataña a esas preferencias Profesionales que hemos enumerado, ¡NI CASO!.
.
¡A ver si la nueva Ministra de Sanidad "le pone las pilas" a esta persona que ocupa el cargo de Presidente del Consejo General de Colegios Enfermeros!, al tiempo que le PEDIMOS QUE NO CONFUNDA A LA PROFESIÓN con quien dirige nuestros destinos Profesionales. ¡Esperemos que se informe de las intenciones que persigue el Presidente!.
.
El colectivo se pregunta: ¿qué es y para qué sirve el Consejo General?. Se lo podríamos explicar, pero eso se lo haremos saber en su momento. Lo que sí les informamos es que la última Sentencia dictada por el Tribunal Supremo condena al Consejo General a tener que pagar unas costas de 3.000 euros, que serán abonados por cuenta de todos; y lo que es peor: en esa Sentencia se anula tanto la convocatoria como la celebración de una Asamblea Nacional, donde se suele aprobar la actual forma de gestionar y administrar nuestra Organización Colegial.