domingo, 12 de septiembre de 2010

Señor Vergeles, anda usted un poco falto de conocimientos

Y no solo de conocimientos, también de racionalidad y lógica. ¿Qué le impulsa a publicar lo que dice?. Se lo podía reservar, puesto que esas manifestaciones sólo traducen su falta de sensibilidad ante un colectivo que está harto y cansado de que abusen de él, forzándolos a realizar cursillitos, los cuales, aunque en sí mismo son beneficiosos, sólo deberían realizar por voluntad propia, y no forzados por sus baremos. Los Profesionales Enfermeros exigimos la especialización, y no vuelva a decir otra vez que "... desde la Administración regional tampoco quieren que la enfermería generalista desaparezca. Eso es algo que ha sucedido en medicina y no queremos que pase con los enfermeros".
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¡Qué barbaridad!. ¿Que eso ha sucedido con la medicina?. NO, señor Vergeles, el problema de la medicina fue justo al revés de como usted lo expone. Porque lo sucedido fue que primero contrataban a médicos sin la especialidad y luego pretendía exigirles la misma. Además, usted sabe, o debería saber, que en medicina no existe eso que usted llama "generalista".
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USTEDES, como Administración que forma parte del Estado, tienen la obligación de ofertar y convocar todas y cada una de las Especialidades, porque si no lo hacen así, lo quieran o no reconocer, en su subconsciente están actuando como Empresarios, haciendo que la Norma disponga lo que a sus intereses empresariales les interesa, nada nuevo, por cierto, conociéndolos un poco. Señor Vergeles, si se establecieron las Especialidades en el año 1.970 (mil novecientos setenta), en el pensamiento de aquellos ilustres Ministros, por algo sería. Tengan en cuenta que a partir de esa fecha España comenzó a ser productiva, manida frase que utiliza el Presidente del Gobierno, pero que sólo se queda en eso. Por otra parte, olvidan ustedes que, además de no ofertar y convocar plazas de Especialistas, en la norma se han reservado el derecho a convocar puestos de trabajo con tal carácter especializado. Es más, tiene el atrevimiento de decir que los títulos oficiales, cuyo objeto es trabajar en esa concreta especialidad, sólo van a constituir méritos para el acceso a una plaza generalista. ¿Qué es generalista?. ¿Conocen ustedes algún puesto de trabajo que obedezca a esa expresión?. Señor Vergeles: un poquito más de sensibilidad a la hora de pronunciarse al respecto. ¡QUÉ MALA IMAGEN!.
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El señor Vergeles, José María, es en la actualidad Director General de Planificación, Formación y Calidad de la Junta (de Extremadura).
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Ya el título del cargo profetiza el objetivo de la Administración Autonómica: Planifica, Forma y decide qué es calidad. Esto no es una Administración de los cidadanos; esto es, simplemente, una administración empresarial.
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PARA ADMINISTRACIÓN AUTÓNOMA EXCELENTE, NAVARRA.
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Sí, por algo elemental: Navarra se conduce como verdadera Administración de los ciudadanos, dejando en manos de los Colegios Profesionales la responsabilidad de la formación de los colegiados. Y eso lo hace porque a los del PP se les ocurrió la idea de "legalizar" (mediante Ley) la formación continuada de los Profesionales, al objeto de intervenir sobre ellos. Y no sólo con la idea de ese carácter de intervención, sino con el objeto de, a través de la financiación, controlar a otros colectivos, cuyas fuentes de ingresos se ha convertido en la columna vertebral de las mismas. ¿Y qué responsabilidad tienen esas otras instituciones a la hora de exigir responsabilidades a los Enfermeros?. NINGUNA.
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AHORA BIEN, ¿qué dice la actual Ley Omnibus en relación con esa calidad asistencial?.
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Ustedes saben que se ha aprobado esa Ley que se ha convenido en denominar "Ley Omnibus", por el simple motivo de modificar a un montón de leyes. Pues bien, esa Ley ha venido a modificar a algunos artículos de la Ley de Colegios Profesionales, del año 1.974, atribuyendo a los Colegios Profesionales la "... protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, ...", lo que significa que los citados Colegios, para poder ser críticos con sus colegiados, lo primero que debe constar y tenerlo muy claro, será cuáles son las responsabilidades de los colegiados, su grado de participación y la formación continuada recibida; y todo ello no es posible hacerlo desde los Colegios Profesionales porque, de esa manera, estaríamos siendo "la inquisición", que aplicaba los criterios que dictaba el Estado.
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Pero no sólo se ha modificado esa atribución en la Ley de Colegios, que nos parece fenomenal, es que, además, la modificación producida en la citada Ley exige de las Corporaciones Profesionales unos sacrificios económicos importantes, tanto en recursos materiales como humanos. Sin embargo, ahí tenemos una respuesta: el Colegio de Arquitectos ha decidido hacer un "ERE" entre sus empleados, ya que, por una parte, se nos exige que organicemos y programemos determinadas nuevas situaciones y, a cambio, no tienen la gallardía de exigir el requisito de colegiación. ¿Qué hacemos?; ¿nos dedicamos a la "caza y castura de titulados sin colegiar?.
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Y cuando decimos que se le han aumentado las competencias a los Colegios, además de la transcrita, vemos cómo esa responsabilidad se ratifica en otro de sus artículos, al establecer que los Colegios Profesionales, a través de una ventanilla única, para la mejor defensa de los derechos de los consumidores y usuarios, las organizaciones colegiales ofrecerán la siguiente información, que deberá ser clara, inequívoca y gratuita: El acceso al Registro de colegiados, que estará permanentemente actualizado y en el que constarán, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos de los Profesionales colegiados, número de colegiación, títulos oficiales de los que estén en posesión, domicilio profesional y situación de habilitación profesional. ¿Se imaginan el movimiento permanente y continuado de los colegiados comunicando sus cambios de domicilio profesional. Tengamos en cuenta que una Enfermera se mueve dentro de toda la Comunidad Autonóma, ya que la Administración (empresa empleadora) les otorga nombramiento por días, semana o mes; esto es lo habitual.
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¿ESTÁN DISPUESTAS LAS ADMINISTRACIONES AUTÓNOMAS A CUMPLIR ESAS EXIGENCIAS?.
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Hasta la fecha, y después de nueve meses, nada se ha discutido entre los Colegios Profesionales y la Administración Autonómica al respecto. Y eso es señal inequívoca de su falta de voluntad para cumplir la Ley, aunque diga el Ministro del Interior que las Leyes hay que cumplirlas.
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¡FÍJENSE QUE SE DISPONE EN OTROS DE LOS APARTADOS DE LA LEY!.
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Los Colegios Profesionales tenemos la obligación de informar a los consumidores y usuarios sobre las vías de reclamación y los recursos que podrán interponerse en caso de conflicto entre el consumidor o usuario y un colegiado o el Colegio Profesional.
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EXCLAMAMOS: ¡a que parece que estamos de coña!.