miércoles, 6 de mayo de 2009

¡Pero qué cara!: prescripción.

Por exigencias informativas, tenemos que pasar a "segundo" plano el "juego" que hacíamos -o pretendíamos hacer- con los Presidentes Provinciales de Colegios Enfermeros, invitándoles a responder a las preguntas que allí hacíamos, por si "acertaran" a saber de quién estábamos hablando. Pero lo dejaremos para otra ocasión.

¡Pero qué cara tienen estos políticos!; ¡mira que decir que los Enfermeros pueden "recetar"!.

Señores políticos: que algunos sabemos leer, incluso interpretar, así que no nos tomen el pelo. Excepción, porque siempre las hay, hecha por el señor Llamazares, que asegura que no es otra cosa que legalizar la realidad. Sí, ésto es lo que ha dicho el citado señor Llamazares; pero, ¡claro!, el no sabe que ya, en el año 1948, una Orden Ministerial dispuso que los "Practicantes" eran los únicos competentes para administrar medicamentos prescritos por un médico. Es decir, que aquel contenido fue mucho más acertado que la nueva redacción que se propone en esa fatídica Ley del Medicamento.

REPRODUZCAMOS EL CONTENIDO PROPUESTO:

Art. 77.«1. La receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de dispensanción son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico o un odontólogo, únicos profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos. Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno regulará la participación en la prescripción de determinados medicamentos por enfermeros y podólogos en el marco de los principios de atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos institucionales de elaboración conjunta y en planes de cuidados estandarizados, autorizados por las autoridades sanitarias.»
ÚNICOS PROFESIONALES CON FACULTAD:
¿Queda claro o hace falta interpretarlo?. Únicos profesionales con facultad para prescribir; a los Enfermeros no permiten "la participación en la prescripción". ¿Qué significa ésto?. Si la prescripción se reserva, en EXCLUSIVA, a los médicos y odontólogos, y a los Enfermeros se nos permite "la participación" en la prescripción, ello nos está "autorizando" la aplicación de esa prescripción. Pero para esto no hacía falta modificar la Ley; lo prudente hubiera sido "meternos a todos en la carcel", por venir desarrollando esa actividad desde tiempo ancestral (es broma, ¡claro!).
¡VAYA CARA QUE TIENEN ESTOS POLÍTICOS!.
¡Bueno!, los políticos están en su papel: nos dicen lo que "queremos" oír, y punto. El problema está en nuestro "representante", que aplaude la medida, ¡como si no tuviera jurídicos a los que preguntar!. Queda claro que la Ley mantiene la exclusividad de la prescripción de medicamentos, cuando dice "únicos profesionales con facultad para precribir". Luego, los Enfermeros nos limitaremos a "participar" de esa prescripción. Es decir: que el médico ya se puede ir a dormir tranquilo, porque estamos nosotros para "participar" de esa prescripción. Ahora sólo hace falta que nos diga el Gobierno, que no el órgano de la Profesión, ¿qué medicamentos serán objeto de participación? y ¿cómo vamos a participar?. Esto será otra sandez como la propuesta. ¡Tiempo al tiempo!. Y mientras, otros "llenándose los bolsillos".

¡Eh!, inquilino-empresario del Consejo General de Colegios Enfermeros, ¿dónde están esas más de 200 intervenciones Enfermeras?. ¡Pero qué cara tienen algunos!.