domingo, 30 de marzo de 2008

LA LEYENDA DEL CONSEJO GENERAL.

A nombre del Consejo General de la Profesión Enfermera, el "Diario Enfermero" (¡bueno!, ese es el nombre) se publica de forma reiterada esta leyenda: "Tu experiencia es necesaria para ayudar al Consejo General de Enfermería en su labor de identificación y registro de todas y cada una de las intervenciones enfermeras que se llevan a cabo diariamente y que incluyen prescripción farmacológica por parte de las enfermeras y enfermeros. Envía a DIARIO ENFERMERO un pequeño resumen de las intervenciones que llevas a cabo diariamente y que incluyen prescripción farmacológica, ya sea de forma directa -cuando tú tomas la decisión- o delegada -cuando hay indicación del médico pero tú debes decidir cómo, cuándo y cuánta dosis administras".
Nosotros preguntamos, ¿es normal que esto lo haga el Consejo General?. El Consejo General está constituido por una Asamblea, compuesta por los Presidentes de todos los Colegios Provinciales del Estado, un Consejo Interautonómico, un Pleno y una Comisión Ejecutiva, supuestamente todos Enfermeros -menos el Presidente, que actúa y ejerce como Podólogo-, y todavía tiene la cara dura de preguntar en Internet si prescribimos. Entonces, el proyecto NIPE de toda la vida, en el que participaron, se nos decía, miles de Enfermeros, ¿qué ha sucedido? ¡Miles de participaciones de "expertos" -y cientos de millones- y todavía no tenemos terminado el "proyecto" ¡Señor Presidente!, que esto no puede durarle eternamente.
Señor Presidente, usted acaba con la paciencia de todos; ¡bueno!, de casi todos, porque con los sampiternos Presidentes Provinciales no lo hace; esa paciencia la van a seguir teniendo, sobre todo mientras dure lo que dure el tema de la formación continuada.
Si después de todo el dinero empleado en ese proyecto, y si después de dos años con la leyenda de "usted prescribe" todavía no tiene claro que es la Profesión Enfermero, ¡apaga y vámonos!. Y decimos nosotros: si el contenido del proyecto de Orden Ministerial que usted aplaude, PORQUE LO HA INFORMADO POSITIVAMENTE, no sabemos con qué permiso, pero lo ha hecho, contiene dos artículos y, ¡ver para creer!, el primero de los dos está dirigido a los PODÓLOGOS, ¡sí, créanlo!, el primer artículo se refiere a los PODÓLOGOS, y el segundo, óbviamente, es para "el personal de Enfermería", diciendo que voy o poder utilizar una GASA, siempre que el médico me lo haya autorizado previamente, para eso no hace falta que pregunte usted si prescribimos diariamente.
AQUÍ ALGUIEN HA PERDIDO EL NORTE. Aquí alguien sobra; y sobran o sobramos porque no se les puede estar tomando el pelo al personal durante más de veinte años. UNA REFLEXIÓN: el Sistema Nacional de Salud sigue funcionando, y lo hace al margen total y absolutamente de los que decimos que "representamos" a la Profesión y al Sistema, puesto que si se cumpliera lo proyectado en esa Orden Ministerial, les aseguro que la sanidad se hubiera paralizado; y no lo ha hecho.
Vamos a intentar reproducir lo que se proyecta, y luego, ¡por favor!: NO SE RIAN, opinen.
CONTENIDO DEL PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL (su artículo 2º, porque el 1º es para los PODÓLOGOS):
Artículo 2º.
1. Los profesionales de enfermería, podrán indicar y en su caso autorizar los productos sanitarios relacionados en el anexo II, en la correspondiente orden de dispensación o entrega.
2. Los profesionales de enfermería, en el ejercicio de su profesión, podrán usar o en su caso, autorizar el uso de medicamentos en los siguientes supuestos:
2.1 En el marco de los principios de atención integral de salud y para la continuidad asistencial:
a) En aplicación de protocolos institucionales de elaboración conjunta y en planes de cuidados estandarizados, autorizados por las autoridades sanitarias competentes.
b) En el seguimiento protocolizado de los tratamientos que se establezcan con base en una prescripción médica individualizada".

2.2 Los medicamentos no sometidos a prescripción médica relacionados en el Anexo III, en aplicación de protocolos normalizados para su uso racional, en la correspondiente orden de dispensación.

ANEXO II
1. Algodones
2. Gasas
3. Vendas.
4. Esparadrapos
5. Apósitos.
6. Parches oculares
7. Tejidos elásticos destinados a la protección o reducción de lesiones o malformaciones internas.
8. Duchas vaginales, irrigadores y accesorios para irrigación
9. Cánulas rectales y vaginales.
10. Bragueros y suspensorios.
11. Absorbentes para la incontinencia urinaria.
12. Otros sistemas para incontinencia.
13. Aparatos de inhalación (inhaladores, cámaras de inhalación, insufladores).
14. Sondas
15. Bolsas recogida de orina.
16. Colectores de pene y accesorios.
17. Bolsas de colostomía
18. Bolsas de ileostomía
19. Bolsas de urostomía.
20. Accesorios de ostomía
21. Apósitos de ostomía.
22. Sistemas de irrigación ostomía y accesorios.
23. Sistemas de colostomía continente.
24. Cánulas de traqueotomía y laringectomía.
25. Otros según determinen las autoridades sanitarias competentes.
DESPUÉS DE ESTA RELACIÓN, ¡NO SE RÍAN!, POR FAVOR, decimos y aseguramos que esta relación está copiada literalmente del proyecto de orden que se nos pretende vender, como lo está el contenido del artículo 2º.
UNA PREGUNTA: ¿por qué tanta referencia a la OSTOMIA y a todas las demás "eyecciones". Nunca mejor dicho: "mucha mierda". ¡AH!, se les ha olvidado otra "mierda", ¡PERDÓN!, eyección: la limpieza bucal de los intubados y la aspiración de las secreciones traqueo-bronquiales, que también son muy desagradables.
¡Y PARA ESTO TENEMOS QUE REMITIRLE AL CONSEJO GENERAL MÁS DEL SESENTA POR CIENTO DE LA CUOTA POR COLEGIADO Y MES!. AQUÍ ALGUIEN HA PERDIDO EL NORTE.
Señor Ministro, permítanos preguntarle: ¿usted sabe de qué va esto?. Pero, de verdad, ¿usted cree que para utilizar ese material hace falta estudiar en la Universidad?. Señor Ministro, no queremos ir más allá en nuestra reflexión, porque sería, con toda seguridad, entrar en valoraciones personales sobre conocimientos de unos y de otros. Una cosa sí que tenemos que exclamar ¡DIOS MIO, DIOS MIO!, QUE ME QUEDEN COMO ESTOY.