viernes, 8 de febrero de 2008

SI CON ESTO NO DIMITE, ¡QUÉ TENDRÁ QUE HACER?







Fíjense cómo "defendía" el Presidente de la Organización Colegial Nacional, D. Máximo A. González Jurado a los Enfermeros. Con "amigos" así ¿hacen falta "enemigos"? ¿Dónde está la coherencia? ¿Cómo puede defender ahora este señor la prescripción de los Enfermeros si es evidente que para él debemos limitarnos a cumplir lo que ordene un médico? Eso sí, siempre nos quedará la Podología...curiosamente, profesión de la que sabe mucho el Sr. Jurado pues él mismo es Podólogo. ¿A que ahora se entiende mejor la defensa de la Podología frente a la Enfermería que realiza el Sr. Jurado en esta Resolución?

Y esto sucedió en el año 1997, cuando la Diplomatura en Enfermería ya era un hecho desde hacía 17 años, ya que la primera promoción de Diplomados es del año 1980. La Circular la sacó por el simple hecho de que un Enfermero hiciera una consulta al Consejo General, y tuvimos la feliz idea de informar que los Cuidados Enfermeros comprende cualquiera necesidad, alteración o desequilibrio que fuera sometido a su consideración, como lo puede ser "arreglar" determinado crecimiento de las uñas para poder caminar un poco mejor. Pues bien, para este señor que tenemos como Presidente, eso es Podología, especialidad que, a buen seguro, remitiría el Enfermero al usuario si entendiera que la situación que se le planteaba resultara compleja.


Pero el fondo de la Circular no es ese; no se trataba de realizar determinada intervención en unas uñas de los pies, no. La Circular la aprovechó para decirnos que NO PODÍAMOS HACER NADA QUE NO FUERA PRESCRITO POR UN MÉDICO. Y esto lo escribio, ¡por sus santas narices!, ya que argumentos legales no tenía ninguno. Y no tenía argumentos por el simple motivo de que aquel Decreto que cita es del año 1.960, producto de la reorganización de aquellas profesiones sanitarias auxiliares de la medicina, como lo eran la de Practicante, Ayudante Técnico Sanitario y Enfermera; sí, Enfermeras, pero las reguladas en un Decreto del año 1952.

Para nada esa norma le es aplicable a una Profesión Sanitaria, titulada y regulada, que exige título académico de rango universitario, como lo es la actual Profesión Enfermera.
Estos, señor@s Presidentes Provinciales que le ríen las gracias al actual inquilino de la sede del Consejo General, no es otra cosa que el subconsciente del actual Presidente, que lo traiciona cada vez que se habla de su verdadera y única profesión, como lo es la Podología; y fíjense cómo será esa atracción hacia esa actividad que va a conseguir que le expidan un título de "doctor en podología". ¿Pero vds creen que esto es normal?. ¿Vds creen que se puede llegarse a ese grado de obcecación?.
Paralelamente, mientras que él se hace de todos los títulos, diplomas y demás acreditaciones, los demás estamos mendigando que la ley nos autorice poder recomendar a alguien que se tome un analgésico. Vds lo saben: utiliza a esta Profesión para sus intereses, y sus intereses no son otros que los de la Podología, de ahí que utilice a esta Profesión, a la Institución colegial, para acercarse al Ministerio y hablar de Podología, ¡y va el señor Ministro y se lo cree!. Ya se lo ha dicho, ¡y por escrito! el Presidente de la OMC: ha utilizado la Disposición de la Ley del Medicamento para salvar la prescripción de los Podólogos; nosotros, a los que única y exclusivamente debería defender, nos utiliza para sus fines.
Le proponemos que "coja" sus cosas, por muchas que sean, incluidas sus Empresas, y se marche; sí: que se marche, porque la situación está tensa, tan tensa que lo van a tener que resolver los Tribunales, con el agravante de que cuando se dicte Sentencia no habrá marcha atrás ni arrepentimientos. Un problema: que algunos que le siguen van a tener que rendir cuenta de sus actos.